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<<CONDICIONES GENERALES >>

 "Vas a Buenos Aires...?" La pregunta me sacó del trance
en el que me tenía sumida la lectura de una guía de viaje, ilustrada por una foto espectacular del Centro de Buenos AIres.
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...Condiciones  |  Requisitos  |  Barcos   |   Buses   |  Terminales   |   Principal
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El pasaje de Buquebus es intransferible, y se entrega sujeto a las disposiciones de la ley 20.094 de la República Argentina y reglamentación de pasajes de la Empresa. Los pasajeros deberán estar provistos de su correspondiente pasaje debidamente autorizado por BUQUEBUS. El pasaje es válido únicamente para la fecha y hora indicados en el mismo.

La Empresa se reserva el derecho de sustituir el buque fijado, modificar horarios, itinerarios y/o duración del viaje, cuando las circunstancias así lo exijan.

Todo pasajero que se presentara a embarcar en un viaje distinto al indicado en su pasaje, será embarcado si lo permitiera la capacidad del buque, debiendo abonar el recargo, si correspondiera.

BUQUEBUS no asume responsabilidad alguna por falta de la documentación, siendo a cargo exclusivo del pasajero toda y cualquier consecuencia de esa falta o deficiencia.

En caso de desistimiento del viaje, el pasajero deberá presentarse a la Empresa en cualquiera de sus Sucursales, ANTES DE LA ZARPADA del buque, y en tal caso la devolución del precio del pasaje estará sujeta al 30 % de Descuento: Fuera de este plazo perderá el derecho a la devolución del importe abonado. Los pasajes pertenecientes a Paquetes Turísticos no tienen devolución.

Los señores pasajeros tienen derecho a conducir libre de flete hasta 30 kg. , y un máximo de dos bultos por pasaje entero, debiendo abonar el flete correspondiente por peso que exceda esta franquicia. Se entiende por equipaje los efectos de uso personal. Los pasajeros que en su equipaje lleven mercaderías sujetas a servicios aduaneros de acuerdo con las leyes en vigencia están obligados a manifestarlo al comisario del buque. La empresa no asume responsabilidad alguna, por la violación de las leyes aduaneras en que incurran los pasajeros, ni tampoco por el extravío o pérdida del equipaje salvo declaración del valor correspondiente, manifestado por el pasajero en el momento de embarcar y verificado por el comisario del buque.

Serán considerados efectos personales las vestimentas y artículos de tocador. No entraran dentro de ese rubro los restantes enseres que contenga el equipaje. En caso que el equipaje los incluya la empresa no asumirá responsabilidad por su pérdida, daño o robo. Si el pasajero desea incluir efectos no comprendidos dentro de lo que se deja expuesto precedentemente deberá declararlos a la empresa al despachar su equipaje y la empresa se reserva el derecho de transportarlos incluidos en el equipaje o de exigir al pasajero que los porte consigo.



Limitación DE RESPONSABILIDAD:

Son de aplicación al presente contrato de transporte la totalidad de limitaciones de responsabilidad contenidas en las leyes pertinentes y los TRATADOS Internacionales ratificados por la República Argentina.

Jurisdicción:

Cualquier reclamo que surja relacionado con este Contrato de Pasaje y/o como consecuencia del viaje, estará sujeto a la exclusiva jurisdicción de los Tribunales Federales de la Capital Federal de la Republica Argentina.

LEY DE Aplicación:

Las leyes de la Republica Argentina se aplicaran con exclusividad a cualquier reclamo que surja relacionado con este viaje y a cualquier reclamo bajo los términos de este Contrato de Pasaje.

LESIONES Y MUERTE:

Cualquier reclamo por lesiones o muerte estará sujeto a la Convención de Atenas de 1974 con relación al Transporte de Pasajeros y su Equipaje por Mar ("Convención de Atenas"), como esté incorporada al derecho interno de la Republica Argentina. La Convención de Atenas prevé la limitación de la responsabilidad con respecto a reclamos por lesiones o muerte.

El embarque estará sujeto a la presentación de la documentación en regla. La validez del pasaje es de 360 días a partir de la fecha de emisión. Los trámites de embarque comienzan 2 horas antes de la salida. Después de 25 minutos antes de la salida, la Empresa se reserva el derecho de embarque. Son de aplicación a ese boleto, las disposiciones de los artículos: 175, 325, 326, 331 y 337 de la Ley 20.094.

La Empresa se reserva el derecho de no permitir el embarque de automotores, vehículos y/o carga que exceda los tamaños declarados y abonados en el presente pasaje.



Si usted es Argentino:
Deberá presentarse a embarcar llevando consigo documento personal actualizado y vigente, que puede ser:

- Pasaporte

- Cédula de identidad expedida por la policía federal

- Documento nacional de identidad, con la actualización correspondiente en el caso de los menores de 8 y 16 años.

Los menores de 21 años deberán viajar en compañía de sus padres, los que lo acreditarán con la presentación de la libreta de familia o partida de nacimiento.

Si viajaren solos, o con alguno de ellos, lo harán con una autorización de los mismos ante escribano público y colegiado o ante juez competente.

En caso de que uno de los padres hubiera fallecido, deberá presentar la partida de defunción junto con la partida de nacimiento del menor, o en su defecto la libreta de familia donde conste las dos situaciones.

En el caso de extranjeros residentes en la Argentina, se utilizará la misma documentación que los argentinos, con la salvedad que si presentara el documento nacional de identidad, deberá ser con residencia permanente. Si fuera con residencia temporaria, deberían además llevar el documento de su país de origen, con visado si correspondiese.

En el caso de pasajeros que transporten vehículos, los mismos deberán ser conducidos por su titular ante el registro automotor.

Cuando ello no ocurriere deberán presentar una autorización ante escribano público y colegiada del titular de la cédula verde.



Si usted es Uruguayo:
Deberá presentarse a embarcar llevando consigo documento personal como ser:

- Pasaporte

- Cédula de identidad Uruguaya

- Valido por un viaje, emitido por el consulado Uruguayo al sólo efecto de regresar

- Cédula de identidad expedida por policía federal

- Documento nacional de identidad con radicación permente

En caso de menores que viajen con documentos argentinos deberán viajar con sus padres, quienes lo acreditaran con la libreta de familia o partida de nacimiento.

En caso de uno de los padres fallecido deberán presentar la partida de defunción junto con la partida de nacimiento o en su defecto la libreta de familia con las dos situaciones registradas.

Si viajaren solos deberán presentar una autorización ante escribano e inscripta en el colegio de escribanos.

En el caso de pasajeros que transporten vehículos deberán presentar el comprobante de ingreso a la República Argentina.



A partir del 01 de Febrero de 2001 todos los vehículos que salgan del país deberan tener grabado el Nro de dominio en los cristales del automóvil por disposición de la AFIP.

Las tarifas expresadas no incluyen tasa de embarque Uruguaya.


Por Informes adicionales, Reserva de Pasajes y Compra de los mismos:
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E-Mail: consultas@rkviajes.com
Teléfono en Uruguay: 903-3179
E-Mail: info@rkviajes.com
(líneas colectivas)


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